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POSTURA ANTE LA INTELIGENCIA ARTIFICAL

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  Por Estefany Orta Laya En lo que va de historia los países de máxima potencia han aumentado la sustitución del personal humano en el trabajo por robots. Sin darnos cuenta, ha generado efectos positivos, negativos y conservadores, y en muchos estudios he podido corroborar que se ha demostrado que el ser humano es capaz de diseñar un cerebro artificial similar al suyo. En efecto, la tecnología presenta ideas y objetivos a largo plazo, entre ellos la disminución de los precios de los robots en los últimos años abren una puerta a la mayor adquisición por las gerencias de empresas, aminorando los costos de planillas de pago a sus empleados para la realización de actividades simples como jardinería y limpieza, a su vez los centros de distribución de productos son operados enteramente por robots, tiendas sin cajeros, restaurantes totalmente automatizados y asistentes ejecutivos virtuales. En otro orden de ideas, los robots de servicio comercial también pueden realizar tareas más complejas c

EL HOSTIGAMIENTO SEXUAL Y EL HOME OFFICE

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  Por Pamela Riofrío Pérez La Ley N° 27942 se promulga con la finalidad de prevenir y sancionar el hostigamiento sexual producido en las relaciones de autoridad o dependencia, cuyo ámbito de aplicación son: a) los centros de trabajo públicos y privados; b) instituciones educativas; c) instituciones policiales y militares y d) demás personas de sujeción no reguladas por el derecho laboral.  En ese escenario tenemos claro que la norma establece como se podría presentar una situación o manifestación de hostigamiento sexual dentro del espacio físico laboral (centro de trabajo), sin embargo, esta norma (laboral) no contempla que estas situaciones pueden materializarse a través de medios digitales, teniendo en cuenta la tecnología y la situación actual que enfrenta el mundo (Home office por pandemia). Sin perjuicio de ello, el Código Penal, en su artículo 151-A establece que el acoso también puede ser cometido a través de cualquier tecnología de la información o de la comunicación, el cual q

EL SOCIALISMO DESDE LA PERSPECTIVA DE UNA VENEZOLANA INMIGRANTE EN EL PERÚ

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  Por Manorka Vivas Pérez En Venezuela se comenzó a implantar el famoso “socialismo del siglo XXI” en el año 1999 con la llegada de Chávez a la presidencia, cuando yo apenas tenía 5 años, es decir, durante toda mi vida he crecido bajo este sistema económico y social, sistema (socio- económico), el cual no comparto porque más que hacernos surgir nos ha llevado a un retroceso abismal, he visto al socialismo posarse sobre la pauperización de la sociedad, la ruina empresarial y la consecuente destrucción de la economía más poderosa de la región, la cual tiene las mayores reservas de hidrocarburos del planeta y actualmente es una de las naciones más pobre de la región, incluso por encima de Haití. Hace casi 4 años que salí de Venezuela y desde mi llegada al Perú las preguntas siempre son las mismas ¿Cómo es que todavía sigue Maduro al poder? ¿Por qué el pueblo no se une y lucha para sacarlos? ¿Si están tan mal como dicen, por qué votaron por Maduro en las últimas elecciones? ¿Es cierto que

RESPONSABILIDAD SOLIDARIA EN EL AMBITO LABORAL

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  Por Margot Moreno Urbina Es común que las empresas tengan claro cuál es su responsabilidad ante el incumplimiento de sus obligaciones legales y comerciales, y, por lo tanto, procuren cumplir y ejecutar sus actividades dentro del marco legal y contractual aplicable. Sin embargo, la responsabilidad que las empresas pueden enfrentar no se limita solo a la derivada de sus relaciones contractuales, o a la originada del desarrollo de sus actividades empresariales, sino que, esta responsabilidad se extiende incluso a las relaciones contractuales y desarrollo de actividades de empresas terceras con las que esta contrata, y/o subcontrata. En efecto, las empresas no solo responden por sus propias acciones u obligaciones, sino también, en determinados casos, por las de sus contratistas y subcontratistas, es decir que, ante incumplimiento de las obligaciones de estos últimos, las empresas principales se convierten en deudores solidarios frente a acreedores de sus contratistas y subcontratistas,

¿DEROGAR LA LEY Nº 27360 ES LA MEJOR SALIDA?

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Por Rodolfo Román Benites Ok.. bien.. se derogará la ley agraria.. ¿ahora qué?... ¿qué va a pasar cuando en un par de meses los trabajadores agroindustriales se den cuenta que tenían exactamente los mismos derechos que los demás? Espero realmente que quienes repitieron sin si quiera haberse dado el trabajo de leer la norma, ahora se los expliquen. Soy testigo presencial del crecimiento que ha tenido el norte del país, de todos los micro empresarios que conviven con la agroindustria, soy testigo de cómo los hijos de los trabajadores agroindustriales tuvieron la oportunidad de estudiar y convertirse en emprendedores, cuyas pequeñas empresas brindan servicios a las agroindustriales y crecen con los años. Soy testigo de un desierto que desapareció y se convirtió en vida. Hay aspectos en el plano laboral en la agroindustria que pueden mejorar, sin embargo, aquellas empresas que en estos últimos días, sufrieron ingresos a la fuerza a sus instalaciones, y se destruyeron bienes, no son las que

SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO Y LA SUSPENSION PERFECTA DE LABORES

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Por Vivian Castillo Guzmán La suspensión perfecta de labores es una medida excepcional a la cual pueden acogerse los empleadores siempre y cuando demuestren encontrarse en una de las causas previstas en el  D.U. 038-2020-TR y que se encuentran más desarrolladas en el D.S. 011-2020-TR, en dichas normas a su vez se ha previsto la aplicación del silencio positivo administrativo siempre y cuando cumplido el plazo, el Ministerio de Trabajo no emita su pronunciamiento.  Siguiendo lo establecido en la norma, el silencio positivo administrativo se va a aplicar automáticamente si transcurridos 42 días hábiles el Ministerio de Trabajo no se pronuncia respecto a la solicitud presentada, detallamos los plazos: 30 días hábiles contados desde la presentación de la solicitud, 7 días hábiles para que el Ministerio de Trabajo emita su resolución aprobatoria o desaprobatoria, y 5 días hábiles que es el plazo señalado en el TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General para la respectiva notific

RESPONSABILIDAD DE LAS EMPRESAS FRENTE A LOS ACUERDOS ANTICOMPETITIVOS EN EL AMBITO LABORAL

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Por Yordan Bellido Ascarza En mérito a la importancia que conlleva tener claro los aspectos relevantes de la libre competencia, Indecopi emite la “Guía informativa sobre acuerdos anticompetitivos entre las empresas en el ámbito laboral” donde aparte de hacer un recordatorio sobre la importancia de la libre competencia tiene en el mercado, brinda mayores alcances a efectos de orientar tanto a las empresas, empleadores, y profesionales de recursos humanos sobre la aplicación de la libre competencia. Los acuerdos anticompetitivos no solo tratan de los pactos realizados por las empresas competidoras entre sí, destinadas a restringir la competencia, como acuerdo de precios, distribuirse clientes y demás, relacionadas a empresas del mismo rubro (práctica colusoria horizontal) o empresas que actúan en planos distintos de la cadena de producción, distribución o comercialización (práctica colusoria vertical), también éstas prácticas anticompetitivas se puede ver plasmadas en el aspecto laboral,

EL TRABAJO REMOTO

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por Estefany Orta Laya El trabajo remoto ha sido una herramienta eficiente para el sobrevivir de las micro, pequeñas y grandes empresas en esta pandemia, sin embargo, desde cierto punto de vista general, la salud mental de todos los que trabajan detrás de un computador en su hogar es preocupante, el nivel de ansiedad y aislamiento ha aumentado, ¿Por qué si estamos dentro de nuestras casas y nadie nos ve? Precisamente la falta del ambiente de trabajo, las relaciones físicas e interpersonales ya no existen, más cuando el equipo de trabajo está acostumbrado a las reuniones físicas, asimismo el hecho de estar en nuestras casas no se mantiene un horario de trabajo fijo el cual genera angustia y falta de organización en los tiempos de cumplir con el trabajo y tareas del hogar a los que les toca en casa. Si bien es cierto, hay aspectos positivos que no se pueden dejar pasar por alto entre ellos los más importantes: la reducción de la contaminación se ha convertido en un aporte inconsciente po

SEGURO DE VIDA LEY

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Por Vivian Castillo Guzmán El seguro de vida Ley es un beneficio laboral que se le otorgaba a los trabajadores obligatoriamente siempre y cuando el trabajador haya laborado 4 años para el empleador, siendo el empleador quien asume el costo del seguro, según lo normado en el artículo 1 del Decreto Legislativo 688: “El trabajador empleado u obrero tiene derecho a un seguro de vida a cargo de su empleador, una vez cumplidos cuatro años de trabajo al servicio del mismo. Sin embargo, el empleador está facultado a tomar el seguro a partir de los tres meses de servicios del trabajador.” Actualmente, se han publicado dos normas que modificaron las disposiciones mencionadas en el párrafo precedente, la primera fue el Decreto de Urgencia N° 044-2019 en donde mediante su segunda disposición complementaria se señaló: “El trabajador tiene derecho a un seguro de vida a cargo de su empleador a partir del inicio de la relación laboral” recordemos que anteriormente la obligación de la empresa se inicia